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¡Exigimos sanciones a banca y fundes buitres que desahucien y la movilización inmediata de sus viviendas vacías!

Desde el Grupo Promotor de la Ley 24/2015 exigimos una ofensiva de todas las administraciones catalanas para garantizar el cumplimiento íntegro de la Ley 24/2015.

Hoy, el Ayuntamiento de Barcelona ha anunciado que ha puesto una sanción a un gran tenedor de vivienda del Raval por no haber hecho la obligatoria oferta de alquiler social a una familia vulnerable antes de ordenar el desalojo y, por otra parte, una expropiación forzosa del uso de un piso vacío del BBVA en el barrio del Besòs por 10 años. También se ha hecho público que existen 7 expedientes más de expropiación en pisos de Caixabank, Sareb, BBVA y Bankia, y que hay 300 casos más detectados donde se debe ofrecer alquiler social para evitar desahucios, y que si no se ofrece, también se actuará.

Es una buena noticia que se sancione a los grandes tenedores por incumplir sus obligaciones legales con los desahucios, y que se utilicen las herramientas existentes para aumentar el parque de vivienda social movilizando los miles de viviendas vacías existentes. Según nos consta, se trata de las dos primeras actuaciones de este tipo en Cataluña.

Hay que tener presente que la ley que rompió por primera vez en todo el Estado la impunidad de los bancos a la hora de desahuciar cuando tienen cientos de miles de viviendas vacías, es la Ley 24/2015, aprobada gracias a la lucha incansable de las entidades sociales que defienden el derecho a la vivienda digna. La Ley 4/2016 se aprobó después de que el gobierno de Rajoy suspendiera la 24/2015, nacida de la ILP Vivienda. Y no solo eso, sino que también la salvamos del intento del PP y la banca, de enterrarla a través de su impugnación en el Tribunal Constitucional.

Gracias a 3 años de lucha imparable y después de recuperar las leyes a principios de 2019, las Plataformas de Afectadas por la Hipoteca y el Grupo Promotor hicimos una primera acción en todos los municipios de Cataluña exigiendo a los bancos, ayuntamientos y juzgados el cumplimiento íntegro de sus medidas. Además, el pasado mes de abril nos reunimos con el President Quim Torra para exigirle lo mismo, y posteriormente se han realizado numerosas reuniones con los Departamentos de Territorio, Asuntos Sociales, y Empresa, para asegurar la aplicación valiente y plena de la 24/2015, tanto la parte de vivienda como la parte de pobreza energética.

Cada día hay 45 desahucios en Cataluña, y el alquiler social obligatorio se debe ofrecer en todos aquellos lanzamientos hipotecarios y por impago de alquiler de grandes tenedores que afecten a familias en exclusión residencial, es decir, que tengan ingresos inferiores al 2’5 del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC). Por lo tanto, miles de familias han de firmar anualmente alquileres sociales ofrecidos por la banca, fondos buitre y grandes propietarios, que eviten su desahucio (13.941 perdieron su vivienda en Cataluña en 2018 y 3.557 en el primer trimestre de 2019).

Los desahucios de pequeños propietarios también están cubiertos por la Ley 24/2015, a través de la obligación de realojo obligatorio por parte de las administraciones (Generalitat y ayuntamientos) y de las herramientas de movilización de vivienda vacía de bancos y fondos buitre para alquiler social. Esta obligación está siendo incumplida de forma sistemática y a diario, y lo demuestran las más de 2.000 familias que esperan una vivienda en las Mesas de emergencia en todo Cataluña: ¡necesitamos movilizar las miles de viviendas vacías de bancos y fondos buitres que no cumplen su función social!

Para acabar, exigimos las siguientes medidas:

  • A todos los ayuntamientos de Cataluña: más allá de este primer expediente de sanción, es imprescindible y obligatorio que controlen todas las ofertas de alquiler social obligatorias que se deben hacer, sancionando de forma inmediata si se incumplen y dando señales inequívocas de que la ley no se puede obviar y vulnerar.
  • Al Ayuntamiento de Barcelona: que imponga la sanción máxima en este primer caso y en los que vengan. Las leyes dicen muy claramente que no puede resultar más beneficioso recibir una sanción que incumplir la ley (art. 28 Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público), y que si el beneficio de incumplir es superior al importe de la multa, este puede ser incrementado hasta la cuantía equivalente al beneficio obtenido (art. 118 de la Ley del derecho a la vivienda). Por lo tanto, la sanción máxima y su incremento vienen justificadas por la rentabilidad que los fondos buitre y las entidades bancarias extraen de los alquileres abusivos.
  • A la Generalitat: que ponga las herramientas con urgencia para poder aplicar otra medida importantísima para movilizar, la cesión obligatoria de las viviendas vacías de la banca a los precios de alquiler social que marca la Ley 24/2015. En este momento el Grupo promotor ya ha hecho una propuesta al Departamento de Territorio para que se pueda aplicar por parte de los ayuntamientos, que deberá ser aprobada lo antes posible.

Aprovechamos para anunciar, que el próximo 11 de julio tendremos una nueva reunión con el President Torra, para valorar si desde abril se han hecho los avances necesarios para garantizar la aplicación al 100% de la Ley 24/2015.

Exigimos sanciones a bancos y fondos buitre que desahucian, ¡y la movilización inmediata de sus viviendas vacías! ¡Hace falta una ofensiva de todas las administraciones catalanas para garantizar el cumplimiento íntegro de la Ley 24/2015 y la protección del derecho a la vivienda!

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